vecinos morosos Fundamentos Explicación
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Tengo una duda, la administradora ha realizado un burofax a nombre de mi origen, que es la presidenta de la comunidad, para realizar un procedimiento legítimo contra uno de los inquilinos que estan pendientes de varios pagos.
La Comunidad no puede irrumpir en una propiedad privada sino tienen el permiso del propietario y del inquilino, si admisiblemente es verdad, que si existe un problema de Vitalidad pública podrán realizar una intervención previa conformidad y admisión por parte del Auditoría.
Un vecino moroso es aquel propietario que no está al día con sus pagos comunitarios, sin embargo sean ordinarios o extraordinarios. Los pagos aprobados por la Concilio de Propietarios serán obligatorios para todos los vecinos propietarios de una vivienda o inmueble.
Una ocasión solicitada la protesta mediante un medio fehaciente deben esperar un tiempo prudencial para su contestación digamos de 15 díCampeón.Si no hay contestación, mi recomendación es que antaño de pasar a hacer las reclamaciones pertinentes por la vía civil por incumplimiento de las obligaciones del Administrador, según consta en el art.
Buenas tardes me deleitaría que me aconsejara como encargar un problema soy presidente de mi comunidad hay varios vecinos que tienen recibos pendientes,pero en la reunión de vecinos solo quieren denunciar a un deudor esto se puede hacer yo no lo encuentro exacto porque no es solo un vecino son varios .
Según el “Estudio Global sobre la Morosidad” minucioso por CGCAFE (ver fuente), aproximadamente el 50% de la deuda comunitaria está comprendida por vecinos que por su situación económica no pueden hacer frente a los pagos comunitarios, por la contra, el otro 50% de la deuda la forman propietarios que no quieren retribuir: vecinos que no pagan la cuota SI pudiendo hacer frente al pago (25%) y entidades financieras y sociedades inmobiliarias que son propietarias de los inmuebles y no se hacen cargo de sus deudas con la comunidad (25%).
Se aprobó una derrama extraordinaria para obras en Reunión Extraordinaria de 2300 € en el mes de Junio, pero no se indico ni plazo ni forma de plazo,plazos etc. Yo presente en plazo escrito en el cual indicaba entre otra cosas que lo pagaría en la medida que pudiera y he ido realizando sucesivos pagos durante todo el año,ademas de las correspondientes cuotas ordinarias.
La jurisdicción competente para conocer la protesta de los gastos de la Comunidad es la civil y en materia de competencia territorial, la Comunidad puede optar entre el Audiencia de primera instancia del domicilio o residencia del deudor y el del Tribunal del emplazamiento en que se halle la finca.
En principio lo que quieren afirmar con website eso es que aunque las deudas hayan prescrito, la prescripción no se aplica automáticamente sino que hay que alegarla, a diferencia de la caducidad que si se aplica automáticamente, por lo que ellos no van a detener la deuda sin más, sino que tendrá que ser el deudor el que acuda al mediador a exigir que se declare la deuda extinguida por prescripción.
Estoy seguro por otra parte que en las actas de los sucesivos años desde el año 2003 le ha figurado en la deuda pendiente tanto de la convocatoria como del certificación, la deuda que ha ido acumulando. Debería ser suficiente para que vd.
A excepción de de tratar de resolver el tema amigablemente poniendo en contacto a las dos partes, mi pregunta es qué prevenciones LEGALES tengo que realizar para que el evitar embargos o actuaciones contra mí o mi asfalto.
Advertir de modo fehaciente el certificación y los acuerdos adoptados a todos los propietarios y al propietario deudor (por lo Militar mediante carta certificada con muestra de recibo o burofax), con requerimiento de cuota y un plazo para ello (20 díCampeón en los que el vecino deudor puede ponerse al corriente de sus pagos).
Solo si no hay Administrador y el Presidente ha hecho gestiones que han conllevado al no suscripción del Seguro y esto haya producido responsabilidad delante terceros y perjuicios a la ´Comunidad y/o a otros propietarios es cuando se podría producir una responsabilidad.
En caso de que no la presente el erudito de la Agencia de Honradez dictará decreto sobreseyendo las actuaciones y condenando en costas al acreedor, que en este caso es la comunidad de propietarios. Si se presenta la demanda en plazo, se acordará el traslado al demandado en el propio decreto que pone fin al proceso monitorio.